Justicia absuelve a hombre preso un año y medio por robar galletas Carioca
- Miércoles 9 de septiembre de 2026
- 10:58 hrs
Víctor Ortiz Baeza enfrentaba una condena por robo con intimidación tras sustraer dos paquetes de galletas. El tribunal desestimó las pruebas presentadas por la Fiscalía, liberándolo luego de pasar casi un año y medio en la cárcel.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán absolvió por unanimidad a Víctor Raúl Ortiz Baeza, acusado de robar dos paquetes de galletas en Bulnes. La decisión dictada el 28 de agosto ocurre en un segundo juicio, luego de que el hombre pasara cerca de un año y medio privado de libertad.
Según los antecedentes del caso judicial, la sentencia absolutoria estuvo a cargo de los jueces Raúl Romero Sáez, Roxana Salgado Salamé y Claudia Montero Céspedes. El imputado de 51 años enfrentaba ahora una solicitud de 10 años de presidio por parte de la Fiscalía.
Detalles de la acusación en Bulnes
El episodio ocurrió el 9 de noviembre de 2024 en el sector Tres Esquinas de la comuna. El Ministerio Público sostenía que el acusado ingresó a un almacén portando un rifle de aire comprimido, apuntando a la dependiente para sustraer dos paquetes de galletas Carioca.
Durante la audiencia, Ortiz Baeza reconoció que entró al establecimiento con el rifle envuelto en un paño y que se retiró con los productos sin pagar. Sin embargo, negó categóricamente haber utilizado el arma para intimidar a la víctima. Posteriormente, Carabineros lo detuvo mientras caminaba por la carretera.
Falta de pruebas y testimonios contradictorios
Al analizar la evidencia, los jueces advirtieron diferencias en el relato de la víctima. El testimonio entregado durante el juicio no coincidió con la versión inicial proporcionada a un teniente de Carabineros, donde no mencionó frases amenazantes que luego sí atribuyó al imputado.
El tribunal también cuestionó la ausencia de registros de las cámaras de seguridad del local. Pese a que existían equipos operativos y se había instruido a la Policía de Investigaciones (PDI) su incautación, la Fiscalía no presentó dichas imágenes ni a los funcionarios a cargo de la diligencia.
En el juicio solo se exhibieron tres videos grabados con el celular de la afectada cuando ya estaban en la vía pública. Los magistrados determinaron que estos registros no permitían observar el rifle de manera amenazante, resultando insuficientes para acreditar el delito más allá de toda duda razonable.
La absolución se concretó luego de que la Corte de Apelaciones de Chillán acogiera un recurso de nulidad de la defensa, anulando una condena inicial de cinco años y un día. Los antecedentes fueron remitidos al Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes.
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